Ilegitimidad de la lista del P.R.C de Ruente

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LA ILEGITIMIDAD DE LA LISTA DEL PRC DE RUENTE


El 25 de Abril se publico en el Boletín Oficial de Cantabria una lista de Candidatos por el P.R.C de Ruente. El Grupo Progresistas de Ruente nos reunimos para analizar las listas de Candidatos publicadas. La verdad es que sacamos unas cuantas reflexiones.


En el PSOE de Ruente aparecen muchas caras nuevas, y desaparece la del actual Concejal de Medioambiente y Obras Fernando Moreno, también hay ausencias notorias de varios “Históricos” , es una lista que refleja ciertas tensiones internas, aparecen ademas personas de fuera del Municipio y es chocante que su principal mentor “Carmelo” vaya de numero 2 en Cabezón de la Sal desdeñando a su pueblo natal.


En el PP pocas novedades parece la lista de los “INMORTALES”, Jaime y su "Clan", por cierto a fichado un Morante (me duele en el alma su elección, si nuestros Abuel@s levantaran la cabeza).


En el P.G.S (la nuestra que todo hay que criticarlo), es innegable que tiene un carácter familiar , pero bueno, es lo que hay...a pesar de tener muchos apoyos a la hora de la verdad la mayoría no quieren aparecer en lista, agradezco a los que han sido “Valientes” y se han echado al monte.


En el P.RC aunque son un poco “Bardaletes”, han echo buenos fichajes, Conchi es una experta conocedora de la cultura y deportes del municipio (aunque es de Vernejo), Blanco es un empresario metódico que tiene un importante lazo en la Ejecutiva del PRC (Aunque no es del Municipio), y Jaime Diaz Villegas es un joven universitario ilusionado con Revilla (Aunque del todo inexperto en estos lances), cuenta con el respaldo de un amplio colectivo en la Campiza, que ha buen seguro le reportaran una treintena de votos al PRC.


Pero de eso que salta un compañero Progresista Jose Antonio Varea Puente y me dice:

-¿ Cuando se han reunido para elaborar la lista ( con el carne del PRC en la mano), a mi no me han llamado, no decían que el 11 de marzo había una reunión...hace lo que quieren..no respectan nada..


Y le conteste : Pues fíjate que todavía soy el “Virtual” Secretario General del comité Local, la prueba es que todavía sigo recibiendo correo del PRC, sigo apareciendo en la pagina Web del PRC, Y NO HAY NOTICIA de la creación de un comité Local nuevo ni de su composición, es como si no me hubieran expulsado...


A la mañana siguiente me daban vueltas en la cabeza esto ultimo, me incorpore a mi puesto de trabajo como Funcionario de la Consejería de Medioambiente, sobre mi mesa varios expedientes, requerimientos a empresas, leyes, decretos, reglamentos, incumplimientos, sanciones...LA LEY...que dice la LEY..cual es la legislación Aplicable: como buen funcionario escudriñe la ley superior y toda la normativa que lo desarrolla y me encuentro:


CONSTTUCION ESPAÑOLA:


Art 6: “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

...así que el funcionamiento Democrático interno es una premisa Constitucional, veamos la ley que desarrolla dicha premisa (es muy reciente), Ley orgánica 6-2002 de 27 de Junio de Partidos Políticos.

 

Artículo 6. Principios democrático y de legalidad.

Los partidos políticos se ajustarán en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos y a lo dispuesto en la Constitución y en las leyes.

Artículo 7. Organización y funcionamiento:

  1. La estructura interna y el funcionamiento de los partidos políticos deberán ser democráticos.

  1. Sin perjuicio de su capacidad organizativa interna, los partidos deberán tener una asamblea general del conjunto de sus miembros, que podrán actuar directamente o por medio de compromisarios, y a la que corresponderá, en todo caso, en cuanto órgano superior de gobierno del partido, la adopción de los acuerdos más importantes del mismo, incluida su disolución.

  2. Los órganos directivos de los partidos se determinarán en los estatutos y deberán ser provistos mediante sufragio libre y secreto.

  1. Los estatutos o los reglamentos internos que los desarrollen, deberán fijar para los órganos colegiados un plazo de convocatoria suficiente de las reuniones para preparar los asuntos a debate, el número de miembros requerido para la inclusión de asuntos en el orden del día, unas reglas de deliberación que permitan el contraste de pareceres y la mayoría requerida para la adopción de acuerdos. Esta última será, por regla general, la mayoría simple de presentes o representados.

  1. Los estatutos deberán prever, asimismo, procedimientos de control democrático de los dirigentes elegidos.


...Una buena ley, si señor, veamos ahorra los Estatutos del PRC que todo el mundo puede ver en el siguiente enlace: http://www.prc.es/inicio/documentos/resoluciones.aspx y dice así:


Artículo 16. EL COMITÉ LOCAL es el órgano colegiado que representa al Partido en el municipio y coordina las actividades en éste...El Comité Local confeccionará la lista electoral municipal, que deberá ser aprobada por el Comité Ejecutivo Regional.


Ademas el articulo 36 en su punto m dice así sobre competencias del comité Ejecutivo:


Aprobar los candidatos que propongan los Comités Locales para las elecciones municipales. Si no los aprobara, el Comité Local deberá presentar otra candidatura. Si tampoco es aprobada, el Comité Ejecutivo procederá a su modificación.”


Ahora bien Jose Antonio Varea Puente (Secretario General de La Mujer del PRC) no ha sido convocado para elaborar las listas, y a mi nadie me ha comunicado mi expulsión del PRC , ni he firmado las actas para el COMITÉ LOCAL saliente o entrante ni se tiene noticias de uno nuevo y de su composición, es decir tanto Jose Antonio Varea Puente como Valentín Morante somos miembros del Comité Local y podemos dar fe de que NO SE HA PRESENTADO ninguna proposición de Candidatos, y por lo tanto el Comité Ejecutivo no ha podido aprobar ni modificar ninguna candidatura para el Ayuntamiento de Ruente.


Llegado a este punto el lector habrá sacado la conclusión siguiente: LA LISTA DEL PRC DE RUENTE ES ILEGITIMA. ¿Que se puede hacer?

Veamos: Ley orgánica 5-1985 del 19 de Junio del Régimen Electoral General.

Es competencia de la Junta electoral de la Zona:


ART 47.Artículo Cuarenta y siete.

1. Las candidaturas presentadas deben ser publicadas el vigésimo segundo día posterior a la convocatoria en la forma establecida por las disposiciones especiales de esta Ley.

2. Dos días después, las Juntas Electorales competentes comunican a los representantes de las candidaturas las irregularidades, apreciadas en ellas de oficio o denunciadas por otros representantes. El plazo para subsanación es de cuarenta y ocho horas.

3. Las Juntas Electorales competentes realizan la proclamación de candidatos el vigésimo séptimo día posterior a la convocatoria.

4. No procederá la proclamación de candidaturas que incumplan los requisitos señalados en los artículos anteriores o los que establecen las disposiciones especiales de esta Ley.

5. Las candidaturas proclamadas deben ser publicadas el vigésimo octavo día posterior a la convocatoria, en la forma establecida por las disposiciones especiales de esta Ley.


 

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Nos armamos de valor (aun a sabiendas de la poca efectividad del esfuerzo) y presente la siguiente alegación a la Junta Electoral de la Zona de Torrelavega. Pero tranquilos si por un casual quieren anular la LISTA retiraremos nuestra denuncia...Aunque se hayan atropellado numerosas leyes teneis el permiso de los Progresistas de Ruente  para presentaros...Solo pretendo que nos sirva de lección a todos y respectemos los derechos de participación de las bases.

Comentarios

A ver si de una vez a la gente que protesta y con razon se nos escucha.
Saludos

www.ginnoja.blogspot.com


Sepuede decir mas alto perono más claro.

Chapeau!


ese morante del que ablas es mucho mejor persona que tu, los tiempos cambian, si tu abuelo levantara la cabeza....


Del pueblu tu mismo te delatas, se nota que me odias (es mejor que la indiferencia), das a entender de que soy una "mala persona" y por ende estas diciendo de que mi Primo es "menos malo" pero en el fondo le desprecias, es mi primo y siempre le he tenido afecto y cariño, no hemos criado juntos y se que es una persona sensible y volcado para con los demas me duele que hayan podido "abusar" de su amistad y comprometerle en algo que "muy en el fondo" no es participe, respecto su decisión, todos somos libres, pero no me gustaria que le hayan forzado.
Ya hablare con el, y si surge la conversación , le recriminare "con cariño" su partidismo..porque insisto es mi opinion...y me duele en el alma...rectificar es de sabios.


Si te digo que en Noja, tras saberse nuestra lista han "convencido" a un primo mio y otro tambien de un candidatos nuestro tambien para ir en una lista cuando personalmente fue la primera persona con quien hable de nuestro proyecto...asi que te entiendo perfectamente valentin. Ademas hablando de familiares directos y con los que hay mucho trato


Suerte. Ya nos dirás.


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